Misión y Visión

MISIÓN 

Somos diversión y cumplimos sueños, fomentando los juegos de suerte y azar responsablemente, contribuyendo a la salud de los colombianos; trabajamos de la mano de nuestros clientes, colaboradores, distribuidores, y grupos de valor..

VISIÓN

Seremos reconocidos como una empresa innovadora en el mercado de juegos de suerte y azar a través de la diversificación de productos y canales, que mejoren nuestra contribución a la salud, siendo pioneros en responsabilidad social y empresarial en el sector..

OBJETIVOS

  1. Incrementar ingresos para el sector salud
  2. Innovar en el mercado de juegos de suerte y azar dentro del marco legal vigente, realizando factibilidad de nuevos productos o el fortalecimiento de los existentes.
  3. Mejorar continuamente el servicio al cliente
  4. Fortalecer medios digitales.
  5. Mejorar la transparencia y control del sector de juegos de suerte y azar que son competencia de la Lotería de Bogotá.
  6. Fortalecer el clima organizacional.

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FUNCIONES Y DEBERES

Articulo 5°._ Acuerdo No. 1 del 29 de mayo de 2007 “Por el cual se aprueba una reforma a los Estatutos de la Lotería de Bogotá

COMPETENCIA GENERAL. Para el desarrollo de su objeto, la Empresa con sujeci6n a las normas legales y estatutarias, podrá realizar las siguientes actividades:

  • Explotar directamente en asocio de otras loterías por contrato, los sorteos ordinarios, extraordinarios y aquellos otros sistemas de juegos de suerte y azar, como Loterías; Apuestas Permanentes y otros que la Ley autorice.
  • Realizar directamente o a través de sociedades que se constituyan con entidades públicas o privadas, operaciones comerciales o industriales con el fin de incrementar el producto de sus ingresos, dentro de los límites establecidos por la Ley.
  • Tomar dinero en mutua con o sin garantía de los bienes de la Lotería, girar, endosar, aceptar, descontar, adquirir, protestar, cancelar, pagar o recibir cheques, letras de cambio, pagares 0 cualquiera otra clase de títulos, valores y en general celebrar el contrato comercial de cambio, en todas sus manifestaciones, así como celebrar negocios de toda clase con entidades de crédito o bancarias dentro o fuera del país, con sujeción a las disposiciones legales vigentes.
  • Adquirir, enajenar a cualquier titulo, arrendar, hipotecar, permutar, gravar, pignorar y en general ejecutar toda clase de transacciones con bienes muebles e inmuebles cuando 10 requiera el cumplimiento de su objeto social.
  • Celebrar los contratos de empréstito, de asistencia técnica, asesorías, de prestación de servicios o de cualquier otra naturaleza que requiera para cumplir y desarrollar sus funciones.
  • Participar y colaborar en la formulación y ejecución de los programas generales de la Administración Distrital dentro de su objeto social.
  • Los demás que en desarrollo de su objeto social le asignen la Constitución y las Leyes

Publicado: 17 abril, 2018
Actualizado: 26 septiembre, 2023

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